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viernes, 1 de junio de 2012

Cuando Maceo quiso formar el gobierno


La Junta de Bijarú:
El verdadero antecedente de
La Asamblea de Jimaguayú…

Cerraba mayo de 1895, y el general Antonio Maceo Grajales aún permanecía en Bijarú, víctima de una grave indigesta, cuyos interesantes pormenores nos han llegado por los relatos del doctor puertorriqueño Guillermo Fernández Mascaró, médico personal del héroe.
Allí, en medio de su franca recuperación, se enteró Maceo de la caída heroica de José Martí, en Dos Ríos, y creyó impostergable el proceso de institucionalizar la revolución, que ya sobrepasaba sus tres meses de vida.
Así pues, como liminar de tal acto, convocó a una junta con los mayores talentos de su Estado Mayor, a fin de que –absteniéndose él de emitir criterios- propusiesen ellos sus puntos de vista acerca de la forma de gobierno que debiera tener la República de Cuba en Armas, que querían crear, los debatiesen y llegaran a feliz acuerdo, el cual sería la fórmula esencial de los mambises orientales a la que habría de ser asamblea fundacional…
Los concurrentes a aquella junta –todos hombres de saber y de hondo patriotismo- fueron: el procurador holguinero Rafael Manduley del Río, el periodista catalán José Miró Argenter, el escribano y periodista Jesús Castro Palomino, el hacendado holguinero –teniente coronel de las dos anteriores campañas separatistas- Luis de Feria Garayaldes, y los santiagueros: Rafael Portuondo Tamayo, Fernando Salcedo Bonastra, abogados ambos, el ingeniero Mariano Sánchez Vaillant, el periodista Juan Maspóns Franco, y los cultos empleados Diego Palacios Messa y Carlos González Clavel.
¿Qué propuso cada uno, esencialmente, en cuestión?
Lo siguiente:
Manduley: Robustecer el poder militar y tener delegados en el exterior.
Rafael Portuondo: Si el gobierno debe ser militar y civil, el Presidente debe ser el General en jefe. Al lado del Generalísimo, un representante por cada provincia, con atribuciones civiles, bajo la presidencia de aquél, con facultades, tal consejo, para levantar un empréstito, pedir beligerancia.
José Miró: Que sea un delegado civil [que no sea militar de origen], al lado de cada comandante en jefe de cada provincia que estuviera interviniendo en la guerra, y un delegado en el exterior, que se ocupe de arbitrar relaciones y otros asuntos. Y en el caso de tener que proceder a la terminación de la guerra por evacuación [¿del enemigo?] o intervención [¿extranjera?], reunirse todos los delgados para deliberar y hacer conocer la opinión a las fuerzas revolucionarias.
Sánchez Vaillant: Como fórmula de gobierno: un jefe militar que obre con entera independencia en los asuntos militares; para resolver los asuntos que no sean militares, lo asistirá un consejo.
Jesús Castro Palomino: Se sumó a lo planteado por Portuondo.
Luis de Feria: Igual al anterior.
Juan Maspóns Franco: Un General en Jefe, que sea el único que dirija las cuestiones militares, nombrado por un consejo que represente el poder civil, completamente independiente del militar. Dicho consejo se formará con delegados de las provincias.
                                   ACUERDOS

1.- Que el estado de guerra demandaba un gobierno capaz de asumir responsabilidades para garantizar el crédito de la Revolución.
2.- Que se convoque a una Asamblea Constituyente para redactar la Carta Magna, y que, luego, el gobierno asumiera todas las clases de funciones, tanto legislativas como ejecutivas para llevar a cabo la dirección suprema del país en armas, cuyo gobierno pudiera estar formado por: 1 presidente, 1 vicepresidente y varios secretarios de despacho.
3.-Que la Jefatura del Ejército debiera tener las amplias facultades para realizar la campaña, reservándose el gobierno sólo el derecho de intervenir para fines altamente políticos y diplomáticos [el más funesto apéndice, que –como casi toda estos acuerdos- al fin fue aprobado en Jimaguayú].
4.- Que toda la organización interior sea realizada por el gobierno para fines de administración, exclusivamente, coadyuvando al éxito de las operaciones militares en la forma solicitada por la Jefatura del Ejército, y promulgando un cuerpo de leyes para el gobierno interior.
El momento, las consideraciones expresadas y las resoluciones asumidas en Bijarú le dan categoría de verdadero antecedente de lo que fuera, casi tres meses y medio después, la Asamblea de Jimaguayú, y más aún: esencia de lo que allí se acordara, no sólo por el poder que representó en la Revolución el ideal de las fuerzas de Oriente, sino porque no pocos, en el centro y occidente de la isla, concordaban con esa visión de gabinete de país en guerra.
 

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